De acuerdo a lo establecido en la Gaceta Oficial número 94 del 2021, en uno de sus artículos, el Ministerio de Finanzas y Precios de la República de Cuba regula el pago de las personas jurídicas a los trabajadores por cuenta propia a través de una Cuenta Bancaria Fiscal.
Yesel Domínguez Barrero, Especialista de Atención al contribuyente en la Oficina de Administración Tributaria ONAT de Jagüey Grande comentó a Radio Victoria de Girón que se hace un llamado a las personas jurídicas o empresas estatales para que les exijan a los trabajadores por cuenta propia que ellos contraten, poseer una cuenta bancaria fiscal donde se les deposite el dinero del trabajo que ellos realicen.
La especialista indicó que, aunque en Jagüey Grande ese trámite bancario presenta cierta lentitud debido a la situación electro energética y el aumento de las personas incorporadas a esas actividades, constituye un requisito y una obligatoriedad del trabajador por cuenta propia abrir esa cuenta bancaria que puede ser fiscalizada en su momento.
La cuenta bancaria fiscal solamente se les exige a los trabajadores por cuenta propia que se encuentran dentro del régimen general con su depósito de un fondo inicial permanente de tres mil pesos, aspecto este no válido para los que se encuentran dentro del régimen simplificado, a los que no se le exige esa cuenta bancaria fiscal pero que no tienen derecho a ser contratados, ni de hacer trabajos con personas jurídicas.
